Publicado en Empleador
Sábado, 13 de Septiembre del 2025

Nuevo acuerdo salarial rama cerealera de Empleados de Comercio

Nuevo acuerdo salarial rama cerealera de Empleados de Comercio

¡Atención Acopiadores! Comercio Cierra Nuevo Acuerdo para la Rama Cerealera


¡Hola a toda la comunidad del agro y acopio! El gremio de Comercio es gigante y tiene muchas ramas con sus propias particularidades. Hoy nos enfocamos en una de las más importantes para el motor productivo del país: la Rama Cerealera.

La FAECyS (Federación de Empleados de Comercio) ha cerrado un nuevo acuerdo salarial con las cámaras del sector (CONINAGRO, Federación de Acopiadores, Centro de Exportadores). El acuerdo sigue la línea general, pero tiene detalles y "letra chica" que son cruciales para una correcta liquidación.

En Contadora a Distancia, te desglosamos todo para que no se te escape nada. ¡Vamos al grano!


El Nuevo Esquema Salarial: ¿Cómo se Compone?

El acuerdo, que rige para los trabajadores bajo el CCT 130/75 de esta rama, establece un esquema mixto para el segundo semestre, desde agosto 2025 hasta enero 2026.

Aumento Remunerativo Escalonado

Se pactó un incremento total del 6%, que se aplicará en seis tramos mensuales y no acumulativos:

  • 1% mensual desde agosto de 2025 hasta enero de 2026.
  • Base de Cálculo: Se aplica sobre los salarios básicos de junio de 2025.

Suma Fija No Remunerativa Mensual

Además del aumento al básico, se abonará una suma fija de $40.000 cada mes, durante el mismo período (agosto-enero).


¡Ojo al Piojo! Los Detalles Clave de la Suma No Remunerativa

¡Aquí está el punto más importante y donde este acuerdo se diferencia! Aunque la suma de $40.000 es "No Remunerativa", el texto del acuerdo especifica claramente cómo impacta:

  • SÍ se considera para el cálculo de: Vacaciones y Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).
  • NO se considera para el cálculo de: Otros adicionales como antigüedad, presentismo, horas extras, etc.
  • SÍ genera aportes y contribuciones, PERO SOLO para:
    • Obra Social (OSECAC).
    • Cuota Sindical.
    • ART (Ley de Riesgos del Trabajo).

En resumen: No es una suma 100% no remunerativa, tiene un tratamiento especial que es fundamental aplicar correctamente en la liquidación para evitar errores.


Otros Puntos Importantes del Acuerdo

El pacto incluye otras cláusulas que debés conocer:

  • Postergación Clave: La incorporación de una suma de $40.000 al salario básico, que se había pactado anteriormente, se pospone para febrero de 2026.
  • Aporte Extra a OSECAC: Se establece un aporte extraordinario de $100 mensuales a la obra social, desde julio 2025 hasta enero 2026.
  • Escalas Diferenciadas: Se mantienen las distintas escalas salariales según el volumen de acopio anual de la empresa.
  • Cláusula de Revisión: Las partes se volverán a reunir en diciembre de 2025 para analizar la situación económica y, de ser necesario, ajustar las escalas.

Checklist para una Liquidación sin Errores

En Contadora a Distancia queremos que tu gestión sea impecable. Aquí tu hoja de ruta:

  1. Aplicar el 1% Mensual: A partir de la liquidación de agosto, aplicá el aumento del 1% sobre los básicos de junio.
  2. Liquidar la Suma Fija Correctamente: Incluí los $40.000 como concepto "no remunerativo", pero asegurate de que tu sistema realice los aportes correspondientes a OSECAC, Sindicato y ART sobre este monto.
  3. Retener el Aporte a OSECAC: No olvides retener el aporte extra de $100 para la obra social.
  4. Agendar la Revisión: Marcá diciembre en tu calendario para estar atento a posibles nuevos ajustes.

Este acuerdo demuestra que, aunque los titulares parezcan iguales, cada rama de actividad tiene sus propias reglas.

 

Si la liquidación de sueldos te genera dudas o querés optimizar la gestión de tu personal, ¡somos expertos en el tema!

 

En Contadora a Distancia, nos especializamos en simplificar la contabilidad de tu negocio. En caso de necesitar un mayor asesoramiento y poder despejar sus inquietudes, pueden contar con nuestros servicios contables impositivos y laborales, dirigiéndose a las áreas de servicios.