Publicado en Empleador
Sábado, 23 de Agosto del 2025

Nuevo acuerdo salarial SATSAID

Nuevo acuerdo salarial SATSAID

¡Nuevo Acuerdo SATSAID! Aumento del 1,9% para Canales de Cable en Agosto


¡Hola a toda la comunidad de medios y telecomunicaciones! Las paritarias no se detienen y hoy traemos noticias frescas para un sector clave: los canales de cable.

El SATSAID (Sindicato Argentino de Televisión) y la cámara empresarial ATVC han llegado a un nuevo acuerdo salarial. Aunque el porcentaje puede parecer pequeño a primera vista, la forma en que se aplica tiene detalles técnicos muy importantes que necesitás conocer para una correcta liquidación de sueldos.

Como siempre, en Contadora a Distancia, te lo desglosamos para que no se te escape nada. ¡Vamos a los detalles!


El Corazón del Acuerdo: ¿Cómo es el Aumento?

El acuerdo, que aplica a los trabajadores bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 223/75, establece lo siguiente:

  • Aumento: Un 1,9% sobre los salarios.
  • ¿Desde cuándo?: A partir de los haberes de agosto de 2025.
  • Base de Cálculo: El aumento se calcula sobre todos los conceptos salariales, tanto remunerativos como no remunerativos, vigentes a junio de 2025.

Este acuerdo fue aprobado en asambleas de trabajadores en todo el país y debe abonarse junto con los salarios de agosto.


¡Ojo! El Detalle Clave: La Transición a Remunerativo

Aquí viene la parte más importante y que requiere atención en la liquidación. Este aumento del 1,9% tiene una naturaleza dual:

  1. Asignación No Remunerativa (Temporal): Desde su pago en agosto y hasta el 30 de septiembre de 2025, el monto correspondiente a este aumento se liquidará como una "asignación no remunerativa". Esto significa que durante esos dos meses, no generará aportes ni contribuciones.
  2. Incorporación al Básico (Definitivo): A partir del 1 de octubre de 2025, este 1,9% dejará de ser no remunerativo y se incorporará plenamente al salario básico. Desde esa fecha, pasará a computar para el cálculo de aguinaldo, vacaciones, horas extras y todos los demás aportes.

En resumen: Lo que pagás en agosto y septiembre como un concepto aparte, en octubre se fusiona con el sueldo básico.


Una Particularidad en la Liquidación: El Artículo 123°

El acuerdo incluye una disposición técnica sobre las retenciones del Artículo 123° (Aporte Solidario). Para simplificarlo:

  • Las empresas deberán realizar la retención correspondiente (equivalente al 50% de este artículo sobre el aumento).
  • PERO, a su vez, deberán compensar a los trabajadores con una "gratificación extraordinaria" por un monto exactamente igual a lo retenido.

En la práctica, el efecto en el bolsillo del trabajador es neutro, pero es un procedimiento administrativo que la empresa debe cumplir en la liquidación.

  • Excepción: Las empresas de la Red Intercable tienen un plazo extendido para depositar estas retenciones.

¿Y Ahora Qué Sigue? Próxima Reunión a la Vista

Este acuerdo es un paso más en una negociación que continúa. SATSAID y ATVC ya fijaron fecha y hora para retomar las conversaciones y seguir discutiendo la pauta salarial para los próximos meses.

La cita es el próximo lunes 16 de septiembre a las 15:00 hs. ¡Estaremos atentos para contarte las novedades!


Checklist para Liquidadores y RR.HH.

Para que tu gestión sea impecable, te dejamos esta hoja de ruta:

  1. Calcular el 1,9%: Tomá como base todos los conceptos salariales de junio de 2025 y calculá el aumento.
  2. Liquidar como No Remunerativo: En los recibos de agosto y septiembre, incluí este monto bajo el concepto "Asignación No Remunerativa Acuerdo SATSAID-ATVC Agosto 2025".
  3. Programar el Cambio a Remunerativo: Asegurate de que tu sistema de sueldos incorpore este 1,9% al salario básico a partir del 1 de octubre.
  4. Gestionar el Art. 123°: Aplicá la retención y, en el mismo recibo, aboná la gratificación extraordinaria compensatoria por el mismo valor.
  5. Agendar el 16/09: Marcá la fecha en tu calendario para estar atento a los próximos capítulos de esta paritaria.

Entender la naturaleza cambiante de estos aumentos es fundamental para evitar errores y futuros reclamos.

 
Si la complejidad de estas paritarias te consume tiempo y recursos, ¡estamos acá para simplificarlo!
 
En Contadora a Distancia, nos especializamos en simplificar la contabilidad de tu negocio. En caso de necesitar un mayor asesoramiento y poder despejar sus inquietudes, pueden contar con nuestros servicios contables impositivos y laborales, dirigiéndose a las áreas de servicios.